Cada primer día hábil del mes, millones de jubilados revisan su depósito del IMSS con la misma pregunta: ¿por qué no sube? La buena noticia es que sí existe una forma de aumentar tu pensión IMSS en septiembre —y en cualquier otro mes—, pero no es la que la mayoría cree. No depende de la inflación ni de un anuncio del gobierno: depende de tu familia.
El aumento anual por inflación no llega en septiembre
Antes de explicar el mecanismo real, vale aclarar un malentendido común. Los pensionados bajo la Ley 73 del IMSS sí reciben un ajuste automático cada año, calculado según el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) que publica el Inegi. Pero ese incremento se aplica en el pago de febrero, no en septiembre, según establece el artículo 75 de la Ley del Seguro Social.
Lo que sí ocurre en septiembre es el pago mensual regular —este año cae el martes 1 de septiembre de 2026—, y es un buen momento para revisar si estás dejando dinero sobre la mesa por no haber tramitado un beneficio que muchos pensionados desconocen: las asignaciones familiares.
Qué son las asignaciones familiares
Las asignaciones familiares son un porcentaje adicional que el IMSS suma a la pensión base cuando el jubilado tiene familiares que dependen económicamente de él. A diferencia del ajuste por inflación, este beneficio no es automático: hay que solicitarlo y comprobar el parentesco.
El dato poco conocido es que estos porcentajes son acumulables. Un pensionado con esposa y varios hijos estudiando puede sumar incrementos que en algunos casos superan el 50% de su pensión base, sin haber cotizado un solo peso adicional.
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Cuánto puedes aumentar tu pensión IMSS en septiembre
Los porcentajes que otorga el IMSS por cada dependiente registrado son:
- Esposa o concubina: 15% adicional, si depende económicamente del pensionado.
- Hijos menores de 16 años: 10% adicional por cada uno.
- Hijos de 16 a 25 años: 10% adicional por cada uno, siempre que estudien en una institución del Sistema Educativo Nacional.
- Hijos con discapacidad: 10% adicional, sin límite de edad, mientras persista la condición.
- Padres dependientes: 10% por cada uno, pero solo si el pensionado no tiene esposa, concubina ni hijos con derecho a asignación.
- Ayuda asistencial: 15% si el pensionado no tiene ningún familiar dependiente registrado.
Un ejemplo de cuánto podrías recibir
La combinación de beneficios es lo que sorprende a muchos pensionados. Un jubilado con esposa (15%) y cuatro hijos estudiando (10% cada uno, 40% en total) puede alcanzar un incremento bruto del 55% sobre su pensión base, de acuerdo con los cálculos que el propio IMSS aplica caso por caso.
Ese margen —de 10% hasta más de 25%, y en familias numerosas incluso más alto— es exactamente lo que está detrás de los titulares que hablan de “aumentar tu pensión hasta 25% desde septiembre”: no es un bono nuevo del gobierno, es un derecho que ya existe en la ley y que muchos simplemente no han tramitado.
Requisitos y documentos necesarios
Para activar las asignaciones familiares, el IMSS pide comprobar el parentesco y la dependencia económica con documentación oficial:
- Identificación oficial vigente del pensionado y del familiar a registrar.
- CURP de ambos.
- Acta de matrimonio, en el caso de esposa o concubina.
- Actas de nacimiento de los hijos.
- Constancia de estudios vigente, para hijos de 16 a 25 años.
- Documentación médica, en el caso de hijos con discapacidad.
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Quiénes pueden acceder a este beneficio
Este mecanismo aplica específicamente a quienes se pensionaron bajo el régimen de la Ley 73, es decir, trabajadores que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Los pensionados bajo la Ley 97 —con cuenta individual en una Afore— tienen un esquema distinto, sin este tipo de asignaciones familiares directas sobre el monto de su pensión.
Si no sabes bajo qué ley te pensionaste, tu resolución de pensión del IMSS lo indica, al igual que el estado de cuenta de tu Afore si cotizaste después de esa fecha. Para más contexto sobre los ajustes que sí recibe automáticamente esta generación de pensionados, puedes revisar esta nota sobre el aumento del 45% en pensiones de la Ley 73 anunciado en 2025.
Qué sigue si quieres tramitarlo
El trámite de asignaciones familiares se realiza directamente en la subdelegación del IMSS que corresponde al pensionado, presentando la documentación completa del familiar a registrar. El incremento no se otorga de forma retroactiva desde la fecha de jubilación, sino a partir de que el IMSS valida la solicitud, así que entre antes se tramite, antes empieza a reflejarse en el depósito mensual.
Con el pago de septiembre ya en la mesa, revisar si tienes derecho a estas asignaciones —y reunir los documentos antes de ir a la subdelegación— puede representar la diferencia entre cobrar la pensión mínima y recibir varios miles de pesos adicionales cada mes.