El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) informó la publicación en el Diario Oficial de la Federación de una reforma que otorga mayor certeza legal a los empleadores sobre la aplicación de los descuentos salariales destinados al pago de créditos de vivienda.
La modificación al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, publicada el 21 de febrero de 2025, contempla un periodo de ajuste para que los patrones puedan adaptar sus sistemas administrativos antes de la entrada en vigor de la nueva disposición. Esta obligación será exigible a partir del cuarto bimestre de 2025 (julio-agosto), y el pago correspondiente deberá realizarse a más tardar el 17 de septiembre de ese año, permitiendo una transición gradual y evitando afectaciones inesperadas132.
Con la reforma, los descuentos de nómina para el pago de créditos INFONAVIT no se suspenderán en caso de ausencias o incapacidades, lo que garantiza la continuidad de los pagos y previene la generación de intereses moratorios para los trabajadores. El periodo de adecuación busca facilitar la adaptación de los patrones y proteger la estabilidad financiera de las empresas.
Este cambio ha suscitado inquietudes entre el sector empresarial, especialmente en las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), que han señalado la necesidad de mecanismos adicionales para asegurar la implementación sin impactos financieros adversos
Organismos empresariales como CONCANACO SERVYTUR han reconocido el diálogo y la colaboración institucional con INFONAVIT para encontrar soluciones que favorezcan la estabilidad y el crecimiento del sector productivo. Se destaca la importancia del periodo de adecuación para que los patrones puedan cumplir con la nueva normativa sin afectar sus operaciones, subrayando que la certeza jurídica y la estabilidad financiera son fundamentales para el desarrollo empresarial.